Flavino Ríos Alvarado apeló el nuevo auto de vinculación a proceso por ayudar en la fuga de Javier Duarte y logró echarlo abajo, luego que un juez federal ordenara celebrar, por tercera ocasión consecutiva, su audiencia de vinculación a proceso, dejando insubsistente la anterior.
El juez federal, estimó que la Fiscalía General del Estado (FGE) no logró acreditar con suficientes elementos los delitos por los cuales persigue al también exnotario público.
Mediante la obtención de un nuevo amparo, promovido ante el Juzgado Segundo de Distrito, el exgobernador interino acusado de haber ayudado a Javier Duarte de Ochoa a escapar cuando había una orden de aprehensión en su contra, busca echar abajo el proceso que le siguen las autoridades veracruzanas.
 

Hay que recordar que apenas el pasado mes de agosto, se repuso la audiencia inicial celebrada en marzo de 2017, donde por primera vez se le vinculó por los delitos de abuso de autoridad, tráfico de influencias y encubrimiento por favorecimiento; con esta resolución, esa nueva vinculación ha quedado desechada.

Señalado de haber brindado ayuda al ex gobernador Javier Duarte de Ochoa para escapar en un helicóptero propiedad del Gobierno de Veracruz, cuando la PGR ya contaría con una orden de aprehensión en su contra, fue que la Fiscalía de Veracruz inició una carpeta de investigación en su contra.

Ello derivó que en marzo fuera detenido en su domicilio y en audiencia del 19 de marzo de 2017, fuera vinculado a proceso y recluido en el penal en Pacho Viejo, donde permaneció escasos 10 días, porque luego se vio afectada su salud.

Desde entonces ha enfrentado su proceso en libertad, hasta que consiguió un amparo, que luego fue ratificado por un Tribunal Colegiado de Circuito para reponer la audiencia de vinculación, en la cual, nuevamente se le vinculó a proceso.

Sin embargo, sus abogados promovieron un nuevo amparo, y ahora tendrá que celebrarse la misma audiencia de vinculación a proceso por tercera ocasión.

El juez federal ordenó emitir oralmente una nueva resolución en la que determine que de los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en el proceso penal de origen, no se desprenden datos de prueba suficientes, idóneos y pertinentes que razonablemente establezcan que se hayan cometido los hechos que la ley señala como delitos de abuso de autoridad, tráfico de influencia y encubrimiento por favorecimiento, ni existe la probabilidad de que el hoy quejoso los cometió o participó en su ejecución y resuelva lo que en derecho corresponda.