Luego del que pasado lunes 04 de septiembre la ministra Margarita Ríos Farjat propusiera invalidar los artículos y las actuales porciones normativas del Código Penal Federal que sancionan con prisión a las mujeres que abortan dentro del territorio mexicano, finalmente el día de hoy la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es inconstitucional la postura dentro de nuestro sistema jurídico.
Se necesitaban únicamente cuatro posturas a favor para que el proyecto de la funcionaria pasara en la Primera Sala de la SCJN, el cual se planteó hoy miércoles 06 de septiembre. De acuerdo a lo estipulado por Margarita Ríos Farjat, esta despenalización fue aprobada por unanimidad y tendrá efectos retroactivos en beneficio de las mujeres que se encuentran siendo procesadas o sentenciadas por este delito.
Gracias al amparo que interpuso la asociación civil Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) a favor de las mujeres que estaban siendo juzgadas por «este delito», es que hoy miles de personas con capacidad de gestar serán absueltas, pues se establecerá jurisprudencia y el criterio será de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional
La Primera Sala de #LaCorte resolvió que es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal, ya que viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.
— Suprema Corte (@SCJN) September 6, 2023
De acuerdo con la asociación civil, la estrategia jurídica garantizará que todas las mujeres y personas gestantes tengan acceso a abortos seguros sin ser criminalizadas, por ende, lo que se consideraba como «delito de aborto» dentro del Código Penal de estados como Coahuila, quedará completamente invalidado a nivel federal.
¿En qué consiste la despenalización del Aborto?
Con esta resolución las dependencias de salud como el Instituto Mexicano Del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), hospitales de Petróleos Mexicanos (Pemex) y cualquier institución médica federal deberán brindar el servicio de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten.
Instituciones de salud deberán de brindar el servicio de aborto a todas las mujeres que lo soliciten.
Además, el personal médico de las instituciones federales de salud no podrá ser criminalizado por brindar este servicio.De igual manera, la Corte ordenó que se elimine el delito de aborto en el Código Penal Federal. Al haberse aprobado por unanimidad, esta sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la Corte.