Javier Laertes.- El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), brinda ayuda en caso de muerte a familias de escasos recursos y vulnerabilidad a través del programa “Apoyo de Gastos Funerarios a Población en Situación de Vulnerabilidad”, al cual se puede acceder desde un correo electrónico o una llamada.
De acuerdo a la autoridad federal, este programa plantea respaldo para cubrir los gastos de servicios funerarios de personas y familias en situación de vulnerabilidad en todo el país, donde el trámite es gratuito donde se debe contar con el acta de defunción.
Para poder acceder a este programa cualquier persona o institución pública que conozca de un caso, debe enviar un correo a [email protected] con el nombre completo de la persona fallecida, de la o el solicitante.
Así como el domicilio, teléfonos de contacto y descripción de los hechos o razones por las que se hace la petición. Se debe contar con el acta de defunción, por lo que para información y orientación pueden llamar al teléfono 55 3003 2200 extensiones 3700 y 3702.
Es así que una vez levantadas las restricciones por la contingencia sanitaria, las solicitudes también se podrán presentar por escrito en las o?cinas de la Dirección de Atención Ciudadana del DIF en la Ciudad de México. No se podrán hacer peticiones grupales o a través de partidos políticos.
El programa “Apoyo de Gastos Funerarios a Población en Situación de Vulnerabilidad”, brinda el rescate del cuerpo de la persona fallecida, así como el traslado del cuerpo del lugar donde haya sucedido el deceso a la agencia funeraria o, en su caso, primer traslado al domicilio donde se realizará la tanatopraxia (embalsamado básico y preparación del cuerpo, etc.); en casos de personas infectadas por COVID-19, solo se realizará el servicio de preparación del cuerpo. También se ofrece el servicio de velación, inhumación y cremación.
Queden fuera de este programa las personas que cuenten con seguro funerario. Que estén inscritas en algún programa de asistencia funeraria. Que dupliquen la solicitud de apoyo. Que cuenten con otro programa de servicio de gastos funerarios por parte de instituciones gubernamentales federales, estatales o municipales, y que sea cubierto con apoyos o subsidios federales, bajo el mismo objeto o recursos federales transferidos.