Noemí Valdez. – La Comisión Nacional para la Protección Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), aclaró a usuarios a los que los bancos les han otorgado un periodo de gracia para pagar, que se trata de un alivio temporal de liquidez, “no es una condonación de la deuda”.

Cabe señalar que los Bancos han establecido una serie de beneficios o facilidades temporales para que los usuarios puedan diferir los pagos de sus créditos al consumo, a la vivienda y también a los créditos comerciales para mejorar su liquidez, entre los que se encuentran esquemas como el Crédito Automotriz, crédito Personal, Crédito de Nómina, Tarjeta de Crédito y Microcrédito
Para acceder a un apoyo de diferimiento de los pagos de un crédito, el usuario debe comunicarse con la institución financiera con la que tiene contratado el crédito para conocer los requisitos que se deben cumplir.

Refirió que el apoyo consiste en otorgar un periodo de gracia de cuatro o hasta seis meses, transcurridos dichos plazos deberán comenzar a pagar, junto con los intereses que se generaron en ese periodo.

Los beneficios no son automáticos, al banco analiza caso por caso y verifica que se cumplan determinados requisitos por parte del acreditado, para ser sujeto del apoyo que solicita.

Para tomar una decisión, la CONDUSEF consideró que el cliente debe preguntar cuál va ser su saldo insoluto, lo que va pagar transcurrido el periodo de gracia; si va continuar pagando la misma mensualidad o ésta va aumentar; si prevalece la misma tasa de interés o cuál va ser el tratamiento que se va dará a los intereses, entre otros puntos que enlista en su comunicado.

La CONDUSEF ha insistido en la importancia de acceder a los apoyos implementados por los Bancos en beneficio de los Usuarios de Productos y Servicios Financieros, esto con el fin de mitigar los efectos asociados a la contingencia derivada del COVID-19.

Indicó que los apoyos deben considerarse como un alivio temporal de liquidez, y consiste básicamente en un periodo de gracia de 4 o hasta 6 meses, transcurrido dicho plazo se deberá empezar a pagar.